CONSIDERANDO
La economía nacional hondureña se sustenta en la coexistencia democrática y armónica de diversas formas de propiedad y de empresa (Art. 330 Constitucional). En ese marco, el Estado ha emitido medidas legislativas para garantizar la participación de los sectores campesinos y obreros en el desarrollo de actividades económicas bajo el principio de justicia social en la distribución de la riqueza y el ingreso nacionales.
Constitución de la República y Ley del Sector Social de la Economía
El 14 de noviembre de 1985 se decreta la Ley del Sector Social de la Economía (Decreto 193-85), que declara de interés público la organización, fomento y desarrollo del Sector Social de la Economía (SSE), con el fin de humanizar el desarrollo económico y social del país y promover la eficiencia productiva, la justicia en la distribución del ingreso y la coexistencia de formas de propiedad y empresa, conforme a la Constitución.
Definición del Sector Social de la Economía (SSE)
El SSE está conformado por empresas y organizaciones integradas por trabajadores que reconocen la primacía del trabajo, optan por la propiedad social de los medios de producción y destinan el excedente a elevar el nivel de vida de sus miembros.
Creación de SENPRENDE (PCM-034-2019)
El 15 de julio de 2019 se emite el PCM-034-2019, que da vida a SENPRENDE como ente desconcentrado del Gobierno Central. En concordancia con el Art. 43 de la Ley General de la Administración Pública, se le atribuye competencia propia y autonomía técnica, administrativa y financiera, con personalidad jurídica e independencia. SENPRENDE puede establecer oficinas regionales, y es responsable de aplicar la normativa de MIPYME, emprendimiento, SSE e innovación, así como de administrar programas de acceso al financiamiento vinculados a estos sectores.